jueves, 27 de septiembre de 2007

Tarea (Código de ética) Oscar Javier Rodríguez Hernández

Oscar Javier Rodríguez Hernández DPCE


Código de Ética
El código de ética es un factor de identificación y de autonomía del servicio social como profesión, ya sea en el conjunto de las actividades humanas, ya sea frente a las demás profesiones. (http://www.monografias.com)

Los códigos de ética son aquellos que definen las actividades y comportamientos de una determinada actividad profesional, esto es, determinan el marco deontológico de actuación. Son propios de los colegios profesionales, pero pueden abarcar también a los directivos en general. Por ejemplo, el código de conducta ética de la Academy o management. (http://www.ccss.sa.cr) "Caja Costarricense de Seguro Social"
Tomando como punto de partida lo que un Código de Ética representa para una entidad o institución se puede establecer que se vincula íntimamente con el desarrollo de las actividades dentro de gremio o ámbito profesional, enmarcado en un campo del deber ser, es decir, tener en cuenta los puntos sobre los que el profesional se debe conducir en su quehacer cotidiano.
Por ende es inevitable que cada institución, empresa, sociedad o asociación se de a la tare de elaborar un marco ético forjado en principios deontológicos propios de cada actividad. Dicho marco de referencia vital para el desarrollo de lo dinámica del deber ser van constituyendo bases para la edificación del ser profesional.
El Derecho no es la excepción a la regla por ello cada ente nacido de la semilla jurídica establece parámetros de valoración ética. A lo largo y ancho del país la colegiación de abogados da pie a la gesta de cuerpos mancomunados a un mismo espíritu, el patrocinar, procurar o impartir justicia a través de los principios de derecho. Así es como surgen las Barras o Colegios de Abogados, cuya principal tarea es la de dotar de uniformidad criterios generales del hacer del asesor jurídico. Dentro de las tareas realizadas por a estos organismos se encuentra la generación de códigos de ética cuyo principal objetivo es el de dotar a los abogados de lineamientos para la realización de sus actividades dentro de la esfera del derecho.
Como parte del Estado los organismo encargados de la impartición de justicia juegan un papel fundamental, por ello los órganos jurisdiccionales como cuerpos colegiados también poseen Códigos de Ética. Éstos son dirigidos al personal que labora en las distintas áreas de la colegiación jurisdiccional. De esta manera los servidores públicos cuentan con un código de conducta propicio para la superación en el ámbito profesional y como consecuencia la concreción optima de logros de la institución.
Particularmente el Código de Ética del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, dirigido a los servidores públicos que laboran en esta institución, así como miembros del Consejo de la Judicatura, Magistrados y Jueces, cuenta con los principios o elementos que una definición de Código de Ética representa en el universo de la dirección de la conducta a través de niveles referenciales como vinculación del trabajo con la aptitud, la colaboración, confidencialidad de connotación fundamental en la formación del abogado, compromiso con la superación, ejercicio adecuado del cargo, equidad, excelencia, honradez, entre muchos otros. Los principios citados y otros más que se pueden ver en el Código de Ética de esta institución demuestra su apego a la dirección de un servidor público comprometido con su función no únicamente vista desde el punto de vista jurisdiccional o administrativo, sino que los elementos consagrados en este marco deontológico permean en una formación del deber ser del servido público desde el nivel de jerarquía menor hasta el más alto nivel de desarrollo judicial.
Así pues el Código de Ética comparado en referencia con las definiciones de lo que debe ser un Código de Ética, reúne los requisitos o elementos de valoración de todas y cada una de las actividades realizadas por el Tribuna Superior de Justicia, dando en todo momento los encuadres para un mejoramiento constante y una retroalimentación permanente de los servidores públicos, jueces y magistrados en el marco de la valoración humana y el rendimiento profesional.
Sin embargo a pesar de establecer las formas de desarrollo de cada una de la actividades de los distintos servidores públicos dentro del órgano jurisdiccional la ratificación de la aplicación de cada uno de los elementos expuestos en el código de ética compete a los elementos humanos, a su formación cívica y patriótica, cuyo fruto esencial será el desarrollo de una función pública plana alejada de corrupción y falta de ética.


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