miércoles, 26 de septiembre de 2007

Código de ética arquitectura de Rumbo

CODIGO DE ETICA DE LOS ARQUITECTOS.

I. Los Miembros del Colegio, debemos sostener y aumentar nuestro conocimiento del arte y la ciencia de la Arquitectura, respetar todo el cuerpo de logros de la Arquitectura y servir con nuestra profesión a la sociedad mexicana a la que tenemos obligación de atender.

II. Debemos adoptar la intención y el contenido de la Ley Reglamentaria del Ejercicio Profesional, así como las Normas y Reglamentos que de ella emanen con respecto a nuestra profesión.

III. Debemos actuar siempre ajustándonos a la verdad con absoluta realidad y honradez, poniendo a disposición de nuestros clientes todo nuestro conocimiento y capacidad profesional.

IV. Debemos apoyar la integridad y dignidad de la profesión, defender a la Arquitectura conscientes de que es el arte y la ciencia de crear el entorno construido para la vida humana.

V. Debemos respetar a nuestros colegas en su persona y su trabajo, evitando lesionar su buen nombre y prestigio profesional.

V. Debemos velar siempre por la protección de nuestros trabajadores, su integridad física y el cumplimiento de la legislación laboral correspondiente.

JOSE MANUEL RUMBO LEYVA.

DE LOS DEBERES QUE IMPONE LA ETICA PROFESIONAL.

2.1. Deberes del profesional para con la dignidad de la profesión.

2.1.1. Son deberes éticos de todo profesional mencionado en el punto 1.1. de este Código.

2.1.1.1. Contribuir con su conducta profesional y por todos los medios a su alcance, a que en el consenso público se FORME Y SE MANTENGA un exacto concepto del significado de la profesión en la sociedad, de la dignidad que la acompaña y del alto respeto que merece.

2.1.1.2. No ejecutar actos reñidos con la buena técnica, aún cuando pudiere ser en cumplimiento de órdenes de autoridades, mandantes o comitentes.

2.1.1.3. No ocupar cargos rentados a gratuitos en instituciones privadas, o empresas, simultáneamente con cargos públicos cuya función se halle vinculada con la de aquéllas; ya sea directamente, o a través de sus componentes.

2.1.1.4. No competir con los demás colegas mediante concesiones sobre el importe de los honorarios, directa o indirectamente a favor del comitente y que, bajo cualquier denominación signifiquen disminuir o anular los que corresponderían por aplicación del mínimo fijado en el arancel.

2.1.1.5. No tomar parte en concursos sobre materias profesionales en cuyas bases aparezcan disposiciones o condiciones reñidas con la dignidad profesional; con los principios básicos que inspiran a éste Código o sus disposiciones expresas o tácitas.

2.1.1.6. No conceder su firma, a título oneroso ni gratuito, para autorizar planos, especificaciones, dictámenes, memorias, informes y toda otra documentación profesional, que no hayan sido estudiados o ejecutados o controlados personalmente por él.

2.1.1.7. No hacer figurar su nombre en anuncios, membretes, sellos propaganda y demás medios análogos, junto al de otras personas que sin serio, aparezcan cómo profesionales.

COMENTARIO.

Pues al ver, leer, y comprender algunos códigos de ética la mayoría se apega alas inmensas definiciones que existen de la ética. y todos dicen cosas similares pero en mi caso yo me enfoque en la tica de los arquitectos pues bien dice en algunas fracciones que debes defender y querer a tu profesión sea como sea, así como también aprender a respetar a tus colegas y tratarlos sin desigualdad, también habla acerca de los valores que nos han inculcado desde pequeños y sobre todo a ser tolerantes y prudentes en todo lo que hagamos por nuestra profesión.

JOSE MANUEL RUMBO LEYVA.

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